La reflexión que sigue se centra en el estudio de un contrato ecológico concreto que se ha firmado recientemente en Italia: el contrato de humedal, suscrito por primera vez en Italia en la zona de Vercelli. El análisis comienza poniendo de relieve el cambio de paradigma en materia de protección medioambiental que se está consolidando cada vez más en la normativa internacional y nacional de derecho medioambiental: el paso de la explotación del capital natural a la cogestión responsable entre entidades públicas y privadas. Tomando como modelo el contrato de río, el primer contrato ecológico elaborado y, por ello, modelo de referencia para la posterior elaboración de los distintos contratos ecológicos, el artículo se centra en el análisis del contrato de humedal de la zona de Vercelli. Por un lado, en el artículo se subraya cómo esta figura resulta ser un excelente instrumento de gestión medioambiental compartida, aportando beneficios significativos en cuanto a la ampliación de la protección del medio ambiente con una perspectiva de desarrollo sostenible. Por otro lado, en el trabajo se indaga su conexión con el tema de la subjetividad jurídica de la naturaleza, poniendo de relieve algunas cuestiones teóricas relevantes. En conclusión, el trabajo pretende poner de relieve cómo estos instrumentos negociados constituyen un instituto crucial para la cogestión participativa de los recursos naturales.

El contrato de humedal: ¿Solo un contrato ecológico o una forma de institucionalizar la subjetividad de la naturaleza?

Stefano Rossa
;
Andrea Carrisi
2026-01-01

Abstract

La reflexión que sigue se centra en el estudio de un contrato ecológico concreto que se ha firmado recientemente en Italia: el contrato de humedal, suscrito por primera vez en Italia en la zona de Vercelli. El análisis comienza poniendo de relieve el cambio de paradigma en materia de protección medioambiental que se está consolidando cada vez más en la normativa internacional y nacional de derecho medioambiental: el paso de la explotación del capital natural a la cogestión responsable entre entidades públicas y privadas. Tomando como modelo el contrato de río, el primer contrato ecológico elaborado y, por ello, modelo de referencia para la posterior elaboración de los distintos contratos ecológicos, el artículo se centra en el análisis del contrato de humedal de la zona de Vercelli. Por un lado, en el artículo se subraya cómo esta figura resulta ser un excelente instrumento de gestión medioambiental compartida, aportando beneficios significativos en cuanto a la ampliación de la protección del medio ambiente con una perspectiva de desarrollo sostenible. Por otro lado, en el trabajo se indaga su conexión con el tema de la subjetividad jurídica de la naturaleza, poniendo de relieve algunas cuestiones teóricas relevantes. En conclusión, el trabajo pretende poner de relieve cómo estos instrumentos negociados constituyen un instituto crucial para la cogestión participativa de los recursos naturales.
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